Ante el crecimiento del marketing de influencers en el país, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó a los creadores de contenido que acciones como sorteos, unboxings, canjes y donaciones deben identificarse como publicidad comercial en redes sociales.
La entidad precisó que estas prácticas, aunque no siempre involucren pago directo, constituyen formas indirectas de promoción que deben ajustarse a la Ley de Represión de la Competencia Desleal, independientemente del alcance o número de seguidores del influencer.
“La regla aplica a cualquier persona que difunda publicidad en redes sociales”, señaló Indecopi en conversación con Infobae Perú.
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Desde 2019, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) ha iniciado 14 investigaciones por presunta publicidad no declarada. Entre los casos más visibles destacan:
- Alejandra Baigorria, sancionada con 47 UIT (aproximadamente S/ 251.450) por promocionar un juego de apuestas sin advertencias ni señalización de contenido publicitario.
- Andy Merino Ramírez (Andynsane), multado con 1 UIT (S/ 5.350) por no etiquetar un contenido patrocinado.
- Samahara Lobatón y Gianella Marquina Klug, hijas de Melissa Klug, sancionadas con 0,5 y 0,43 UIT respectivamente, por casos similares.
- Marianella del Pilar Escobar Acosta, multada con 0,18 UIT (S/ 963) por omitir la identificación publicitaria.
Respecto al tema de los canjes, en el ecosistema digital peruano, esto consiste en el intercambio de productos o servicios entre una marca y un creador de contenido sin mediación monetaria. Es frecuente en alianzas con micro o nano influencers que buscan posicionamiento. Aunque resulta beneficioso para ambas partes, debe quedar explícito si la mención en redes es parte del acuerdo, y siempre señalarse como publicidad.